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Facultad de Economía y Empresa

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Exámenes - Repetición prueba de evaluación - Cambio por coincidencia de exámenes finales - Certificado de asistencia a examen -Solicitudes

Repetición prueba de evaluación  

La fijación de una nueva fecha para examinarse, requerirá que la documentación que se presente para justificar las ausencias debe indicar los días concretos en los que la asistencia a clase no ha sido posible.  

  • En el caso de que se solicite la repetición de una prueba correspondiente a la evaluación continua, la solicitud ha de presentarse en los siete días anteriores a la fecha oficial del exámen final.
  • La solicitud de repetición de pruebas en los casos de ausencia justificada del alumno se presentará en el plazo de cinco días a contar desde la finalización de la causa que imposibilitó la realización de la prueba. 
La solicitud será resuelta en el plazo de 15 días, contados a partir de la fecha de presentación en el registro y será comunicada por correo electrónico a las personas interesadas.
  

Cambio de fecha de examen por coincidencia de exámenes finales  

En los casos de cambio de fecha de examen final por coincidencia con fecha de otro examen final se efectuará solicitud conforme al modelo que deberá cumplimentarse en todos sus ítems:
Criterios aplicables. Art. 14.2 del Reglamento de Evaluación: En los casos de coincidencia de pruebas de evaluación final en la misma fecha y hora, los estudiantes podrán solicitar al decano/director del centro el cambio de alguna de las fechas u horas. El decano o Director del centro resolverá dando preferencia a las asignaturas básicas sobre las obligatorias, a éstas sobre las optativas y a las asignaturas de cursos inferiores sobre las de cursos superiores. La solicitud por parte del estudiante deberá efectuarse con un mes de antelación en el caso de pruebas de evaluación final de la convocatoria ordinaria y con diez días naturales de antelación, en el caso de pruebas de la convocatoria extraordinaria. El decano o Director del centro resolverá con al menos diez días naturales de antelación respecto a la fecha de la prueba en el caso de convocatorias ordinarias y cinco días naturales en el caso de convocatorias extraordinarias.