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Facultad de Medicina y Ciencias de la Salud

Naturaleza y composición

La Junta de Facultad es el órgano colegiado de gobierno y de representación de la comunidad universitaria que integra el Centro y estará presidida por la persona que ocupe el cargo de decano.

Son miembros de la Junta:

  1. El decano, que la presidirá, los vicedecanos, el secretario y el funcionario de administración y servicios responsable de la gestión administrativa del Centro o Campus, así como los directores de los departamentos con responsabilidades docentes en la Facultad. ninguno de los anteriormente mencionados se computará a los efectos de la distribución porcentual que se establece en el presente artículo.
  2. Los profesores con vinculación permanente a la Universidad que impartan docencia en el centro.
  3. Un catorce por ciento elegido por y de entre el resto del personal docente e investigador que imparta docencia en el centro.
  4. Un treinta por ciento elegido por y de entre los estudiantes de las titulaciones oficiales impartidas por el centro.
  5. Un cinco por ciento elegido por y de entre el personal de administración y servicios.

A los efectos de los apartados b) y c) del punto anterior, se requerirá que el personal docente e investigador imparta completamente una asignatura o la mayoría de los créditos de su carga lectiva en las titulaciones del centro.

El total de profesores con vinculación permanente a la Universidad que forme parte de la Junta de Facultad constituirá el 51 por ciento de la misma.

Los miembros electivos de la Junta de Facultad se renovarán cada cuatro años, salvo quienes representen al colectivo de estudiantes, que se renovarán cada dos años, mediante elecciones convocadas al efecto por el decano. estas elecciones se realizarán conforme a lo establecido en los estatutos de la Universidad de Oviedo y el reglamento electoral de Centros, departamentos e institutos Universitarios de investigación.

La Junta de Facultad actuará en pleno y en Comisiones.

Funciones de la Junta de Facultad

Corresponde al pleno de la Junta de Facultad las funciones y competencias que le atribuyen los estatutos de la Universidad, sus normas de desarrollo y demás disposiciones de aplicación, así como cuantas otras le sean delegadas por otros órganos.

Sin perjuicio de lo anterior, son competencias de la Junta:

  1. La elección y revocación del decano.
  2. La aprobación de las líneas generales de actuación de la Facultad.
  3. La supervisión de la gestión realizada por los órganos colegiados o unipersonales del Centro.
  4. La aprobación de las propuestas de planes de estudios.
  5. La aprobación del proyecto de reglamento de régimen interno del Centro.