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Facultad de Derecho

 

Conforme al artículo 7 del Reglamento de la Facultad de Derecho:

  1. Corresponden al Pleno de la Junta de Facultad las funciones y competencias que le atribuyen los Estatutos de la Universidad, sus normas de desarrollo y demás disposiciones de aplicación, así como cuantas otras le sean delegadas por otros órganos.
  2. Sin perjuicio de lo anterior, son competencias de la Junta:
    1. La elección y revocación del Decano.
    2. La aprobación de las líneas generales de actuación de la Facultad.
    3. La supervisión de la gestión realizada por los órganos colegiados o unipersonales del Centro.
    4. La aprobación de las propuestas de planes de estudios.
    5. La aprobación de las cuentas anuales del Centro.
    6. La aprobación del proyecto de Reglamento de Régimen Interno del Centro.

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